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Cobradores de Deudas Llamándole en Florida: Sus Derechos Bajo la Ley Estatal y Federal

Respuesta breve: La ley de cobro de deudas de Florida es más amplia que la ley federal — también cubre a los acreedores originales, no solo a las agencias de cobro. Esto es exactamente lo que los cobradores no pueden hacer, y el plazo de prescripción real de su deuda.
De Un Vistazo
Ley Federal
FDCPA — solo cobradores externos
Ley de Florida
FCCPA — también acreedores originales
Plazo para Disputar por Escrito
30 días desde el aviso de validación
Dónde Quejarse
CFPB y Fiscal General de Florida

Lo que la mayoría no sabe: la ley de Florida es más amplia que la ley federal

La Ley Federal de Prácticas Justas de Cobro de Deudas (FDCPA) solo restringe a cobradores de deudas externos y compradores de deuda — generalmente no aplica a un acreedor original que cobra su propia deuda. La Ley de Prácticas de Cobro de Deudas al Consumidor de Florida (FCCPA), Fla. Stat. §§ 559.55–559.785, cierra ese vacío: su prohibición central en el § 559.72 aplica a “una persona” que cobra una deuda de consumo, no solo a una agencia de cobro externa con licencia — lo que significa que también cubre a acreedores originales, además de agencias de cobro y compradores de deuda.

Estatutos de Florida § 559.72, § 559.55 · CFPB — “¿Qué leyes limitan lo que los cobradores de deudas pueden decir o hacer?”
Verificado contra el texto oficial del estatuto · revisado el 20 de agosto de 2026

Lo que un cobrador no puede hacer, bajo ninguna de las dos leyes

1

Llamar antes de las 8 a.m. o después de las 9 p.m.

Esta restricción aplica a llamadas telefónicas bajo la ley federal y la de Florida. Una actualización de 2025 al estatuto de Florida (CS/CS/SB 232, vigente desde mayo de 2025) aclaró que esta ventana específica de horario no restringe el correo electrónico — un cobrador puede enviarle un correo fuera de ese horario, pero no llamarlo.
Fla. Stat. § 559.72(17) · FTC — “Preguntas Frecuentes sobre Cobro de Deudas”
Verificado contra el texto oficial del estatuto · revisado el 20 de agosto de 2026
2

Seguir llamándolo al trabajo después de que usted diga que pare

Una vez que le diga a un cobrador, verbalmente o por escrito, que su empleador no permite estas llamadas (o simplemente que quiere que dejen de llamarlo al trabajo), las llamadas continuas ahí están prohibidas.
CFPB — “¿Qué leyes limitan lo que los cobradores de deudas pueden decir o hacer?”
Verificado contra guía oficial · revisado el 20 de agosto de 2026
3

Amenazar, acosar, o hacerse pasar por alguien más

La ley de Florida prohíbe específicamente que un cobrador se haga pasar por autoridad policial o una agencia gubernamental, use amenazas de violencia, lenguaje obsceno, publique una “lista de morosos,” afirme falsamente ser abogado, o amenace con acción legal que en realidad no piensa tomar.
Fla. Stat. § 559.72
Verificado contra el texto oficial del estatuto · revisado el 20 de agosto de 2026
4

Seguir contactándolo una vez que sepan que tiene abogado

Si un cobrador sabe que usted tiene representación legal respecto a la deuda, generalmente debe contactar a su abogado en vez de a usted directamente, con excepciones limitadas.
Fla. Stat. § 559.72 · FTC — “Preguntas Frecuentes sobre Cobro de Deudas”
Verificado contra guía oficial · revisado el 20 de agosto de 2026

Su derecho a disputar la deuda por escrito

Dentro de los 30 días del primer aviso escrito de un cobrador, usted tiene derecho a enviar una disputa por escrito exigiendo que el cobrador verifique la deuda. Una vez que disputa por escrito, el cobrador debe detener los esfuerzos de cobro hasta que proporcione la verificación. Esta ventana de 30 días viene de la Regulación F federal — la FCCPA de Florida no tiene su propio plazo separado para el aviso de validación, así que este derecho federal es el que aplica.

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No confunda esto con otra regla de 30 días en Florida

El Fla. Stat. § 559.715 exige que si su deuda se vende o se asigna a un nuevo cobrador, ese cobrador debe notificarle por escrito al menos 30 días antes de tomar acción para cobrarla. Esa es una regla separada sobre el aviso de asignación — no su derecho a disputar la deuda en sí.
Fla. Stat. § 559.715
Verificado contra el texto oficial del estatuto · revisado el 20 de agosto de 2026

¿Por cuánto tiempo se puede cobrar realmente una deuda en Florida?

El plazo de prescripción de Florida para demandar por una deuda está establecido en el Fla. Stat. § 95.11: 5 años para una deuda basada en un contrato escrito, y 4 años para una deuda basada en un acuerdo no escrito o de cuenta abierta (así es como se tratan muchas deudas de tarjetas de crédito, aunque esto puede depender de los hechos específicos). Una vez que pasa el plazo, un cobrador generalmente no puede demandarlo con éxito por ella — pero a menudo aún puede contactarlo legalmente para pedirle el pago.

Fla. Stat. § 95.11(2)(b), (3)(j)
Verificado contra el texto oficial del estatuto · revisado el 20 de agosto de 2026

La trampa de la “deuda zombi”

Hacer incluso un pago parcial, o reconocer una deuda antigua por escrito, puede reiniciar ese plazo en muchos estados. No pudimos confirmar un estatuto específico de Florida que codifique esta regla de “reactivación” de la misma manera que el § 95.11 establece el plazo original — el enfoque más seguro si lo contactan sobre una deuda antigua que no reconoce, o que cree que puede estar prescrita, es buscar asesoría de una organización de asistencia legal de Florida antes de pagar o acordar nada por escrito. Vea nuestro directorio verificado de organizaciones de asistencia legal en Miami-Dade.

Dónde quejarse si un cobrador viola las reglas

Puede presentar una queja ante el CFPB o ante la División de Protección al Consumidor del Fiscal General de Florida. Si un cobrador violó la FCCPA, la ley de Florida también permite a los consumidores presentar una demanda privada por daños — una organización de asistencia legal o un abogado de derechos del consumidor puede decirle si su situación califica.

Preguntas frecuentes

¿Puede un cobrador de deudas embargar mi salario solo por llamarme?

No. Un cobrador necesita una sentencia judicial antes de embargar el salario, y aun así, la exención de cabeza de familia de Florida puede proteger parte o todo su salario. Vea nuestra guía sobre ser demandado por una deuda en Florida para saber cómo funciona realmente el embargo de salario aquí.

¿Me protege la ley de Florida si quien llama es el acreedor original (no una agencia de cobro)?

Sí — esta es la diferencia clave con la ley federal. Las prohibiciones centrales de la FCCPA en el § 559.72 aplican a “una persona” que cobra una deuda de consumo, lo cual el texto del estatuto y los tribunales de Florida extienden a acreedores originales, no solo a agencias externas.

¿Qué debo hacer la primera vez que un cobrador llama por una deuda que no reconozco?

Pídalo por escrito, y no confirme ninguna información personal ni haga un pago en el momento. Tiene derecho a un aviso de validación por escrito y 30 días para disputarlo antes de que el cobrador pueda continuar los esfuerzos de cobro.